Laley de arrendamientos Urbanos establece que el inquilino puede abandonar la vivienda transcurridos los 6 primeros meses del contrato, siempre que se cumplan estas condiciones:. El inquilino tiene que comunicar al propietario que abandona la vivienda con una antelación mínima de treinta días. El inquilino indemnizará al propietario con la parte
Alos 6-7 meses he tenido que dejar el piso por motivos de trabajo (se lo comenté a la propietaria con antelación y en un principio se mostró comprensiva). Sin embargo, ahora no me ha devuelto la fianza porque una cláusula del contrato decía que si dejaba el piso antes de 1 año debía pagar una mensualidad de alquiler como penalización.
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